VeriFactu ya no es algo «que vendrá». Para las sociedades es una obligación en vigor desde el 1 de enero de 2026. Y si eres autónomo, tienes una fecha marcada en el calendario: el 1 de julio de 2026. Quedan semanas, no años.
La buena noticia: ponerse al día es más sencillo de lo que parece si tienes la herramienta adecuada. iTebre ERP cumple VeriFactu y nosotros te acompañamos en el cambio sin detener tu facturación ni un solo día.
Las fechas que debes tener claras
- 1 de enero de 2026 — obligación en vigor para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. Si tu empresa es una SL y todavía factura con un programa que no cumple, vas tarde.
- 1 de julio de 2026 — fecha límite para autónomos y el resto de obligados. Es tu plazo si facturas como persona física.
- Excepción: si ya estás en el SII (Suministro Inmediato de Información), VeriFactu no te aplica.
Qué es VeriFactu, en tres frases
VeriFactu es el nuevo marco legal de los programas de facturación en España, nacido de la Ley 11/2021 antifraude (artículo 29.2.j de la LGT) y desarrollado por el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Su objetivo es que ninguna factura pueda borrarse ni manipularse una vez emitida. En la práctica, tu programa de facturación debe cumplir unos requisitos técnicos concretos — y si no los cumple, no puedes seguir usándolo.
Qué exige la normativa a tu programa
- Registros de facturación inalterables y encadenados: cada factura genera un registro con huella digital (hash) ligado al anterior. No se puede borrar ni modificar nada sin dejar rastro.
- Código QR en todas las facturas, que permite a tu cliente verificarlas ante la AEAT.
- Dos modalidades de funcionamiento: la modalidad «VERI*FACTU», con remisión voluntaria de los registros a la AEAT, o bien un sistema no remitente con firma de los registros.
No es una opción ni un trámite: es un requisito del programa con el que facturas. Por eso la pregunta clave no es «qué tengo que hacer yo», sino «¿mi programa cumple?».
Cómo te lo soluciona iTebre ERP
- ✓ Registros encadenados con hash generados automáticamente en cada factura. Tú facturas como siempre; el programa hace el resto.
- ✓ QR en cada factura, impresa o en PDF, sin que tengas que configurar nada.
- ✓ Modalidad VERI*FACTU soportada: si optas por remitir los registros a la AEAT, el programa lo gestiona.
- ✓ Migración acompañada: importamos clientes, artículos e históricos de tu programa actual y te formamos en la herramienta. El negocio no se para.
- ✓ Todo el ciclo en un solo programa: presupuestos, pedidos, albaranes, facturas, contabilidad, stocks y remesas. VeriFactu es el motivo del cambio; un día a día más fácil es el premio.
- ✓ Soporte cercano desde Deltebre, en castellano o catalán. Cuando tengas una duda, hablas con quien ha hecho el programa.
Preguntas frecuentes sobre VeriFactu
¿Estoy obligado a cumplir VeriFactu? ¿Desde cuándo?
Si tributas por el Impuesto sobre Sociedades, la obligación está en vigor desde el 1 de enero de 2026. Si eres autónomo u otro obligado tributario, la fecha límite es el 1 de julio de 2026. La única excepción general es para quien ya informa su facturación por el SII.
¿Qué pasa si sigo facturando con Excel o Word?
Que a partir de tu fecha de obligación no cumplirías la normativa. VeriFactu exige registros inalterables, encadenados con hash y con QR, cosas que una hoja de cálculo o una plantilla de texto no pueden hacer. Necesitas un programa de facturación que cumpla el Real Decreto 1007/2023.
¿Tengo que enviar todas mis facturas a Hacienda?
No necesariamente. La normativa prevé dos modalidades: la «VERI*FACTU», en la que el programa remite voluntariamente los registros a la AEAT, y la de sistema no remitente, en la que los registros quedan firmados y custodiados en tu sistema. iTebre ERP te permite trabajar con la modalidad de remisión.
Si ya estoy en el SII, ¿me afecta VeriFactu?
No. Los contribuyentes que ya informan su facturación mediante el Suministro Inmediato de Información quedan fuera del ámbito de VeriFactu. Si no sabes si es tu caso, te lo aclaramos en cinco minutos.
¿Qué normativa concreta regula todo esto?
Tres textos: la Ley 11/2021 antifraude (que introduce el artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria), el Real Decreto 1007/2023 (el reglamento de los sistemas informáticos de facturación) y la Orden HAC/1177/2024, que concreta los detalles técnicos.
¿Llego a tiempo si empiezo ahora?
Sí, pero no lo dejes para junio… si ya estamos en él. La implantación de iTebre ERP se hace por fases y sin detener tu facturación: cuanto antes empecemos, más margen tendremos para migrar datos y formar al equipo con calma antes del 1 de julio.
Ponte al día esta semana
Cuéntanos cómo facturas hoy y te diremos exactamente qué necesitas para cumplir VeriFactu — y cuánto tiempo nos hace falta. La demo es sin compromiso y con ejemplos de tu sector.